Instrumentos psicológicos forenses para la toga y el mallete
Instrumentos Psicológicos Forenses para la Toga y el Mallete
El espíritu de esta obra es aportar instrumentos psicológicos forenses para el sistema de justicia mexicano, basado en resultado de investigación científica e implementación empírica en los procesos judiciales. Estimando el comportamiento disfuncional de presuntas víctimas y victimarios a través de mediciones, utilizando listas de chequeo. Como también protegiendo la inserción de memoria al proporcionar metodologías psicológicas forenses que consideran el funcionamiento, los principios y los tipos de las mismas. La simbiosis entre la investigación científica en materia de psicología forense y las leyes a través de los tratados internacionales, los códigos de justicia mexicanos, persiguen el respeto a los derechos humanos de personas en conflicto con la ley.
El primer capítulo VALORACIÓN NEUROPSICOLÓGICA FORENSE EN INSERCIÓN DE MEMORIA promueve generar conciencia en los sistemas de justicia del impacto que tiene el inadecuado manejo de la memoria en los procesos judiciales, teniendo como consecuencia el inadecuado manejo en las entrevistas e interrogatorios impactando en la memoria a través de la inserción de información, generando falsas memorias y sobre victimización.
El capítulo dos “RESULTADOS DE INVESTIGACIONES EN NIÑOS, NIÑAS, ADOLESCENTES Y ADULTOS” exhibe el resultado de dos investigaciones, una en personas infantes y adolescentes y la segunda en adultos jóvenes. Se aplicaron a personas infantes de primaria, pruebas neuropsicológicas para conocer su capacidad de compresión y la idoneidad para participar en procesos judiciales. El otro grupo fueron hombres y mujeres, valorando el impacto de las preguntas en las respuestas dependiendo de cómo se planteó el cuestionamiento.
Encontrándose en ambas poblaciones, personas infantes y adultos, la influencia que tiene la manera de preguntar en el tipo de respuesta. Las variables que se deben considerar son: la edad, nivel cognitivo, ambiente sociocultural y su capacidad para el manejo de la memoria. Lo anterior nos lleva a reflexionar la competencia que debe tener todo el sistema de justicia, en el manejo de la memoria, en su funcionamiento, tipos de memorias y los principios que la rige.
En el capítulo tres “ACOMPAÑAMIENTO PSICOLÓGICO EN PERSONAS INFANTES Y ADOLESCENTES PARA TESTIFICACIONES JUDICIALES” Este capítulo versa en una metodología que persigue varios objetivos con el sentido de proteger el bien superior de las personas infantes y adolecentes: Uno procura disminuir la revictimización. Dos, crea escenarios de entrevistas para evitar la inserción de memoria a través del control en los procesos de aprendizaje, disminuyendo el condicionamiento clásico, promovido por el exceso de estímulos en los espacios de entrevistas. Tres, valorar la capacidad de compresión para poder testificar las personas infantes y adolescentes. Por último, se establecen estrategias de inoculación de estrés promoviendo el bienestar emocional de personas infantes y adolescentes en procesos judiciales en quehaceres de testificación o de toma de declaración en procesos judiciales.
El capítulo cuatro “ATRAPANDO FALSAS MEMORIAS EN VÍCTIMAS Y VICTIMARIOS DESDE EL NEURODERECHO”. Se aborda la construcción histórica de la neuropsicología y su vinculación con el derecho. Reseñando datos de actualidad del manejado de la memoria en procesos judiciales, reseñando investigación científica hecha en el estado de Yucatán, México, donde se entrevistaron a 625 funcionarios de procesos judiciales, jueces, magistrados, actuarios, notarios, psicólogos forenses. Se investigó el conocimiento de la memoria por parte de los funcionarios judiciales; siendo la memoria la sustancia y elemento primario en un proceso judicial para rescatar la verdad histórica. Los resultados son alarmantes, al encontrar que jueces, magistrados, abogados, psicólogos forenses y otros funcionarios judiciales; solo saben el 50% del funcionamiento, los principios y los tipos de memoria. Este hallazgo exhibe el manejo azaroso que se tiene de la memoria en el sistema de justicia, con el riego de contribuir a falsos positivos o falsos negativos en la credibilidad del testimonio de las presuntas víctimas y victimarios. Estableciendo como máxima: “en la memoria, dependiendo de la presentación de los estímulos se obtendrán las respuestas” como señala el autor de este libro, Instrumentos Psicológicos Forenses para la Toga y el Mallete. En la matemática el orden de los factores no altera el producto, en la memoria: el funcionamiento y los tipos de memoria son variables a considerar en el momento de plantear el cuestionamiento a todas las personas que se encuentren e procesos judiciales. De igual manera en este capítulo se enuncian instrumentos neuropsicológicos que deben ser de conocimiento general en jueces y magistrados, con dominio empírico en los psicólogos forenses.
En el capítulo cinco “LA VALORACIÓN METODOLÓGICA PSICOLÓGICA FORENSE, AMPLIA LA VALIDEZ Y CONFIABILIDAD DEL CONTRAINFORME” En este capítulo tiene por sentido la implementación de una metodología para valorar los dictámenes realizados por peritos en psicología forense. El paradigma actualmente utilizado es de conceptualización extranjera de nombre contrainforme, su nomenclatura contraviene al espíritu de un juicio crítico, al igual no cubre los criterios de una valoración psicológica forense mexicana. La Valoración Metodológica Psicológica Forense, ciñe su metodología en: las leyes y códigos mexicanos; procedimientos diagnósticos, normas oficiales de salud, códigos éticos (APA), así como mediciones basadas en listas de chequeo, las cuales asignan un valor numérico valorativo porcentual. Aportando practicidad y mayor certeza en la opinión de los dictámenes periciales psicológicos forenses.
El capítulo seis” METODOLOGÍA DEL CERTIFICADO PSICOLÓGICO”. Tiene por objeto implementar una metodología para certificar la salud mental psicológica de los mexicanos. A través de un Certificado Psicológico. Lo cual acreditaría la salud mental de los mexicanos en diversas instancias: educativas, salud pública, derecho al libre tránsito, entre otras. El certificado psicológico por esencia acredita la condición de salud mental de la persona evaluada para que reciba un trato digno en el marco de sus derechos humanos. En México solamente existe el certificado psicológico en las fuerzas armadas, por lo tanto, es de conveniencia que se haga extensible a la vida pública, protegiendo la salud mental de los mexicanos.
En cuanto al capítulo siete “Normal, leyes y códigos vinculantes con la certificación psicológica”. Exhibe el sustento legal mexicano para el certificado psicológico, al enunciar y describen las leyes nacionales que le darán marco jurídico a la aplicación de la metodología diagnostica para realizar el certificado psicológico.
El último capítulo ocho “Prueba Anticipada en Psicología Forense”. La prueba anticipada, está en marcada en los Derechos Humanos, protegiendo a Personas Infantes y Adolescente, presuntas víctimas. Describiéndose en el Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Infancia y Adolescencia (2021) en México. En este capítulo se ofrece metodología psicológica forenseen, para juzgar con perspectiva de infancia y adolescencia. Esta metodología que consta de doce fases, tiene como espíritu prevenir y proteger el riesgo en la cual se encuentra una persona infante y adolecente, para alcanzar de manera científica, rápida y precisa un dictamen que le de herramientas al juzgador, para crear medidas de protección para aquellas personas infantes y adolescentes que están en riesgo.que hace referencia a la prueba anticipada tiene por objeto cuidar al prevenir el riesgo de violencia en la cual se encuentra o puede estar una persona infante y adolescente. Los tratados nacionales internacionales y el desarrollo científico de las valoraciones psicológicas forenses acreditan esta metodología para valorar a personas infantes y adolescentes.
Podemos concluir que la obra “Instrumentos Psicológicos Forenses Para la Toga y el Mallete” es una aportación de importancia para el sistema de justicia mexicano al solventar sus instrumentos psicológicos forenses en evidencia científica respetando las leyes nacionales e internacionales, así como protegiendo la memoria de las presuntas víctimas y victimarios, respetando sus derechos humanos.