Principio de inmediación
El 18 de junio de 2008 se publicó la reforma constitucional de seguridad y justicia que implicó la transición del antiguo sistema mixto-inquisitorio hacia un sistema de tipo adversaria! y acusatorio. El artículo 20 constitucional establece que la justicia penal será acusatoria y oral y que se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación. Durante los últimos 15 años, la transición hacia un nuevo modelo de impartición de justicia penal ha conllevado múltiples desafíos jurídicos e institucionales. En este contexto de rápida y profunda transformación, el papel de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sido determinante para consolidar el nuevo sistema de justicia.
El presente cuaderno sistematiza los pronunciamientos de la SCJN relativos a uno de los principios rectores del sistema penal acusatorio: el principio de inmediación. Dicho principio establece que todas las audiencias deben celebrarse en presencia de la persona juzgadora y que ésta no puede delegar sus funciones en otra persona. Las decisiones de la Corte han sido cruciales para determinar su aplicación práctica y sus implicaciones en la operación cotidiana del procedimiento penal.