Neutralidad de la red digital y prevención del discurso de odio
Análisis prospectivo
El 25 de octubre de 2025 se presentó la iniciativa de adición del artículo 16 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, la cual pretendía que los contenidos en línea expresados por las asociaciones religiosas y los ministros de culto fueran vigilados por el gobierno a través de la Agencia de Transformación Digital en coordinación con la Secretaría de Gobernación. Dicha iniciativa no prosperó y fue retirada el 10 de noviembre del mismo año.
Los trabajos contenidos en este libro intentan responder una pregunta fundamental: ¿cuáles son las condiciones necesarias para que el Estado pueda intervenir en la expresión religiosa en línea sin contravenir la prohibición de censura previa establecida en la Constitución mexicana? Para responderla, los autores exponen sus argumentos jurídicos para señalar que por más datos positivos que en la iniciativa puedan encontrarse, en el fondo de ésta existe una pretensión de parte del gobierno de controlar cualquier tipo de expresión religiosa, vulnerando con esto un gran número de derechos fundamentales de los cuales se destacan, principalmente, los de libertad de expresión y la libertad religiosa.
Todos estos trabajos son una respuesta jurídica a dicha iniciativa, pretendiendo ser útil para futuros esfuerzos legislativos que verdaderamente deseen modernizar las siempre tensas relaciones entre la(s) Iglesia(s) y el Estado en México.