La ciencia de la legislación en los congresos estatales
Pautas heterogéneas
La Ciencia de la Legislación procura como “designio notable”,
eludir la “desavenencia, el revuelo y la estratagema valorativa”
al concretar las ‘máximas universales’ en cánones legales,
con el empeño de gestionar la concreción de un ‘principio general
del derecho’ que es cardinal: la ‘seguridad jurídica’. En efecto,
la sistemática normativa plantea dos enfoques: uno, que aprecia
las ‘primicias jurídicas fundamentales’ (Teoría de la legislación),
y el que advierte las ‘cuestiones prácticas’ (Técnica Legislativa).
El primero se encamina al estudio de los ‘puntales epistémicos’,
como los ‘apotegmas’ de vida, igualdad, libertad, justicia, propiedad,
seguridad, felicidad, bienestar, pluralismo político, etcétera;
en cambio, las ‘cuestiones prácticas’ aluden a la ‘estructura
de la norma’, como el ‘lenguaje legislativo’, la ‘determinación de
su contenido’, las ‘cláusulas generales’, los ‘preámbulos’, ‘plazos’,
las ‘remisiones o reenvíos’ (Lógica Deóntica, Semiótica y Epistemología
del Lenguaje), entre otros aspectos a incidir en su
complexión.