Defensa fiscal estratégica vs presunción de operaciones inexistentes
A diez años de distancia de la implementación del procedimiento
administrativo de presunción de simulación de operaciones inexistentes, incorporado en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF), sigue causando controversias desde su entrada en
vigor, mismo que ha sido reformado en dos ocasiones (en 2018 y
2021), además de haberse creado en 2020 el artículo 69-B Ter, del
mismo ordenamiento legal, en el que se impone la figura jurídica
del tercero colaborador fiscal.
El Estado Mexicano ha intentado, sin éxito, incorporar, de forma gradual y parcial, en la legislación fiscal, partir de 2014, la propuesta de las 15 acciones diseñadas por la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) —que en 2013, en la Cumbre de San Petersburgo, recibió el respaldo del G20—, denominadas BEPS, Base Erosion and Profit Shifting (erosión de la base imponible y traslado de beneficios, EBTB), y que se refieren a estrategias de planificación fiscal que, a consideración de dicho organismo internacional, han sido utilizadas, en forma regular, por las empresas multinacionales, aprovechando de las discrepancias, lagunas e inconsistencias legales y trasladar sus beneficios a países de escasa o nula tributación, con el objetivo principal de eludir el pago de las contribuciones a su cargo.