La objeción de conciencia
Se refiere a la manifestación del derecho de libertad de conciencia y se posiciona como última ratio del orden jurídico, en tanto contempla una posibilidad de disentir en el plano formal con la obligatoriedad de la ley y con su vocación de generalidad en el plano subjetivo, implica disentir con los fines perseguidos por el legislador, llámese bien común o impulso al estado de derecho.