“Institucionalización integral en los procedimientos de divorcio en México del Derecho Humano al acompañamiento Psico-Jurídico a las Mujeres”
Cortando por lo sano
¿Puede hablarse de una justicia familiar plena cuando el procedimiento jurídico concluye, pero las consecuencias emocionales y psicológicas de la violencia permanecen sin atención Institucional? La presente propuesta responde que NO.
La función jurisdiccional tiene como finalidad resolver controversias y proteger derechos. Pero, tratándose de procedimientos familiares, la justicia no puede limitarse a determinar obligaciones patrimoniales o familiares sin considerar las circunstancias humanas que originaron el conflicto.
La familia no es únicamente una Institución Jurídica. Es un espacio donde se desarrollan relaciones afectivas, económicas, sociales y de poder. Cuando esas relaciones se encuentran atravesadas por violencia o desigualdad, el procedimiento judicial debe tener la capacidad de identificar dichas condiciones y generar respuestas institucionales adecuadas.