La función punitiva y los derechos humanos en México
Un debate necesario
Cuando se tratan los Derechos Humanos en el Sistema Penal, se piensa en primera instancia que se pretende proteger a los delincuentes, nada más lejos de la realidad para quienes no conocen la evolución de la pena, en donde resultaba continua la aplicación de las penas hacia el cuerpo humano: la tortura y la pena capital han tenido una presencia constante entre los seres humanos, dando, por una parte, la existencia de una serie de instrumentos que proyectan la predilección del ser humano por la violencia y, por otra, la sensación de un sentimiento de venganza que parece instalarse en las sanciones, aun en la que se encuentra ya establecida en la norma penal general y abstracta.
En este sentido, el ejercicio de la facultad punitiva del Estado encuentra límites, los cuales deben partir de la persona, del ser humano, a los que por su naturaleza corresponden los Derechos Humanos.
Cuando se manifiesta no solo la presencia de la expansión en el Derecho Penal, sino de otras figuras como el populismo penal, que se produce en forma mediática, tomando datos de los medios de comunicación, de las redes sociales, de los rumores, de las presiones de grupos ideológicos que no tienen sustento para elaborar normas penales generales y abstractas,
cuando la realidad como apunta el doctor Mayorga Sánchez, debe
partir de la necesidad social de protección, no de una presión de
grupos que además de tener fundamento en sus reclamos sí representan
un potencial grupo de electores.