El derecho humano a un medio ambiente sano a través de la prevención y control de la contaminación atmosférica en México
Esta obra aborda al derecho humano a un medio ambiente sano desde la problemática que implica su menoscabo, en cuanto a la calidad del aire y los mecanismos jurídicos de prevención y control de la contaminación atmosférica. Debido a que desde la recomendación general 32/2018 emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se evidenció que dicho derecho humano ha sido violentado de forma sistemática por el Estado mexicano y los particulares, respecto del control de las emisiones contaminantes que dañan la calidad del aire, principalmente en grandes centros urbanos.
La solución que se aporta es desde el plano teórico filosófico, en la que se estudia la fundamentación de los derechos humanos en general para poder entender la naturaleza ontológica y discursiva del derecho humano ambiental. Asimismo, se analizan los principios de derechos humanos más relevantes para la especial tipología de derechos difusos y programáticos, es decir, los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (DESCA). Dichos principios son la interdependencia e indivisibilidad, que son medulares para una clara comprensión del alcance del derecho humano a un medio ambiente sano.
Se revisa posteriormente, los instrumentos jurídicos de prevención y control de la contaminación atmosférica contenidos en política pública y mecanismos administrativos de control, como son las normas oficiales mexicanas, las estaciones de monitoreo de calidad del aire, las cedulas de operación anual o las licencias ambientales únicas. Dichos instrumentos se describen e implican con se4ntido crítico, para poner en evidencia sus deficiencias, así como el hecho de que desde la citada recomendación general, nada se ha hecho para cambiar la ruta de regulación jurídica ambiental en materia de calidad del aire.
Finalmente, la obra propone como una alternativa de solución, a los pluralismos jurídicos en los que pudiera pensar en un derecho atmosférico a partir de la interlegalidad cosmopolita subalterna en el que se prevean instrumentos aplicativos de sanción y regulación en función a cada demarcación territorial. Lo cual, atendería y se ocuparía del problema de forma diferenciada con un autentico federalismo y descentralización de la política ambiental como los PROaires. Se menciona el caso de Coahuila de Zaragoza como paradigmática prototípico, en el que el problema es creciente y las soluciones hasta ahora, han sido insuficientes y las que hay, deficientes.