Manual para la elaboración de contratos laborales
Una idea errónea del patrón es no querer suscribir un contrato laboral por escrito con el trabajador, al pensar que con ello elude cualquier obligación. Se conforma con emplearlo sin establecer, de manera clara, las condiciones bajo las cuales trabajará. Este pacto verbal lo realiza con la falsa creencia de que nada obliga al patrón frente al trabajador y que puede despedirlo cuando quiera. Lo grave no es el pacto verbal, sino
cuando se suscita una controversia. El trabajador podrá acudir a su abogado, quien sin dudarlo le sugerirá aprovechar el descuido del patrón, demandar un sinnúmero de prestaciones que se le adeudan y no
son ciertas. El patrón, por supuesto, se encolerizará, puesto que, al no haber un documento que sustente lo contrario, operarán las prestaciones.
Para protegerse, el patrón deberá suscribir un contrato laboral por escrito, donde se especifiquen las condiciones laborales a las que quedará sujeto el trabajador. El patrón dormirá tranquilo, sin la preocupación de que el trabajador pueda aprovechar ese descuido u omisión. El trabajador goza de un principio tutelar o protector que podrá invocar para obtener una posición más favorable frente al patrón y sin necesidad de probarlo.