Impuestos cedulares del estado de Guanajuato
Estudio general sobre los ingresos de las personas físicas (casos prácticos)
El cumplimiento de las obligaciones en materia tributaria requiere de un estudio para la determinación del impuesto a cubrir por los gobernados. El estado de Guanajuato tiene la facultad del cobro de impuestos cedulares a las personas físicas que realicen algunas actividades dentro de su territorio.
La presente obra tiene como objetivo el estudio y determinación de los impuestos cedulares del Estado de Guanajuato para las personas físicas que tienen obligación al pago del impuesto cedular.
Se aborda la legalidad de los impuestos cedulares, así como un amplio estudio del Código Fiscal para el Estado de Guanajuato como Ley supletoria en el caso de la Ley de Hacienda para el Estado de Guanajuato. La Ley de Hacienda para el Estado de Guanajuato contiene el fundamento legal de las personas físicas obligadas al pago del impuesto, así como la integración de los elementos propios para la determinación y entero de los mencionados impuestos.
El estudio y cálculo de los impuestos cedulares para personas físicas que tienen como actividad la prestación de servicios profesionales, la obligación del pago del impuesto cedular por la actividad de el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, los contribuyentes que realizan actividades empresariales en el Estado de Guanajuato que se encuentran obligados al pago del impuesto cedular, así como la determinación del pago del impuesto cedular para estos contribuyentes del régimen simplificado de confianza, son tratados en el presente trabajo.
Además, es abordado el estudio y determinación del impuesto que tienen como obligación las personas físicas que obtienen ingresos por la enajenación de bienes o prestación de servicios a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares
Aunque en la Ley de Hacienda del Estado de Guanajuato se encuentra derogado en régimen de incorporación fiscal, a la fecha de elaboración del presente libro, todavía existen contribuyentes que tributan bajo este régimen por transitorio, por lo que es tratado su estudio y cálculo.
Se aborda el estudio para la determinación de los impuestos cedular en la enajenación de bienes inmuebles por personas físicas.
Por último, se analiza el convenio de colaboración administrativa en materia fiscal federal celebrado por el Gobierno Federal y el Estado de Guanajuato.