Redacción de actas y escrituras notariales
En la presente edición, además de analizar la redacción de cláusulas de algunos instrumentos y el proyecto de esquemas de escrituras y actas. También se revisa el lenguaje, o expresiones jurídicas, que debe ser claro, preciso y adecuado para conferir seguridad legal. Redactar, en términos generales, es poner por escrito las palabras que describen o se refieren a hechos, ideas, deseos, cosas, sucesos o asuntos que se quieren expresar. Redactar, además del contenido de lo escrito, presupone buscar y encontrar la claridad de lo que se desea manifestar. La escritura suple al lenguaje hablado, de manera que es una forma de comunicación humana, y difiere del lenguaje verbal, entre otras características, porque el viento se lleva las palabras, verba volant, mientras que la escritura las guarda tal como fueron asentadas. En la práctica notarial, especialmente en la elaboración de escrituras y actas, existen criterios diferentes de redacción. Cada notario tiene un estilo particular; sin embargo, hay reglas ortográficas, semánticas y de sintaxis que deben respetarse, así como disposiciones de orden jurídico a observar.