Derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones y geolocalización
La Suprema Corte ha desarrollado una extensa jurisprudencia sobre el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas, a partir de una interpretación del artículo 16 constitucional. A pesar de su estrecha relación con el derecho a la privacidad, se trata de un derecho autónomo con un ámbito de protección propio. Un aspecto relevante es, sin duda, la intervención de las comunicaciones, por lo que el Tribunal Constitucional ha profundizado sobre la autoridad que puede solicitarla, aquella que puede autorizarla y los requisitos que debe cumplir. También ha explicado la forma en que debe incorporarse y valorarse en el proceso penal la información obtenida como resultado de una intervención.
Paralelamente, la Suprema Corte ha estudiado en varios asuntos a la geolocalización, una medida empleada por las autoridades encargadas de la investigación de delitos cuya relevancia ha aumentado notablemente los últimos años, debido a los avances tecnológicos y el uso generalizado del teléfono celular. Dado el vínculo que existe entre la intervención de comunicaciones y la geolocalización, el Tribunal Constitucional ha analizado cómo deben actuar los concesionarios de redes públicas para respetar el derecho a la privacidad de sus usuarios. Además, ha explicado cómo debe regularse esta materia en el fuero militar.
Este cuaderno de jurisprudencia es el tercero de una serie dedicada específicamente al estudio de los aspectos generales del derecho a la privacidad y de los derechos a la inviolabilidad del domicilio y de las comunicaciones privadas. Por medio de esta publicación, el Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación busca contribuir a la salvaguarda de los derechos humanos en los procedimientos del orden penal, mediante un esfuerzo para difundir y socializar el contenido y alcance del derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas.