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ISBN 978-607-69809-9-6

Transferencia Internacional de Datos Personales
Las Cláusulas Contractuales de la Red Iberoamericana de Protección de Datos (RIPD) como Alternativa para Facilitar la Exportación de Información

Autor:Remolina Angarita, Nelson
Editorial:Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales
Materia:Derecho a la información
Público objetivo:General
Publicado:2024-06-29
Número de edición:1
Número de páginas:165
Tamaño:15x23cm.
Encuadernación:Tapa blanda o rústica
Soporte:Impreso
Idioma:Español

Reseña

El autor se remonta a los años setenta, donde el Comité de Ministros del Consejo de Europa, expresó la importancia de buscar soluciones para proteger la privacidad de las personas en el sector privado, esto con el fin de proteger datos electrónicos que se encontraban en los bancos. Asimismo, también se emitieron recomendaciones para el sector público. Resalta el escritor que, en los años ochenta, la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), remitió las directrices que desde su postura reconocían como relevantes, en la privacidad en la transferencia de datos internacionales, surge el primer instrumento jurídico internacional para proteger a los datos personales de los ciudadanos. En los años noventa, la Organización de las Naciones Unidas (ONU), proyectó el inicio de los ejes rectores para implementar reglamento en los archivos de los datos personales. Posteriormente el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea, se pronunciaron por la protección de los datos de personas físicas, así como por el tratamiento y la circulación de los mismos. Para los años dos mil, en Europa se priorizó el reforzamiento de la protección de los derechos fundamentales, con respecto a la vida privada y familiar. La Red Iberoamericana de Protección de Datos (RIPD), ratificó las directrices sobre la importancia y tratamiento a nivel global de datos personales para la comunidad, reiterando la necesidad para el desarrollo comercial, para facilitar el intercambio de información.
Aunado a lo anterior, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), menciona que el Estado debe proveer mecanismos eficaces, capaces de administrar y supervisar la protección de los datos personales. De aquí la importancia de la importación y exportación de los datos personales y de la responsabilidad de proteger los datos de cada país. Como sabemos la preocupación de los ciudadanos es tener plena confianza sobre la seguridad de sus datos, saber que se encuentran protegidos, por ello deben existir procedimientos de transferencias que estén regulados para den certeza de ello. Si bien la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), resalta a través de una declaración, la importancia acerca un futuro digital fiable, sostenible que sea de relevancia para la economía mundial, por este motivo se debe contar con un orden global que implemente y contribuya con las regulaciones necesarias para facilitar la protección de datos y la privacidad en conjunto con las innovaciones y tecnologías actuales.

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