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ISBN 978-607-552-415-3

Derechos fundamentales entre particulares

Autores:
González Carvallo, Diana Beatriz
Martínez Verástegui, Alejandra
Vara Espíndola, Daniela Mayumy
Cortés Cervantes, Luis Francisco
Ambriz Rojas, Jany Vanesa
Suastegui Oropeza, Marco Antonio
Ramos López, Gloria del Carmen
Editorial:Suprema Corte de Justicia de la Nación
Materia:Investigación
Público objetivo:Profesional / académico
Publicado:2023-11-27
Número de edición:1
Tamaño:4Kb
Soporte:Digital
Formato:PDF
Idioma:Español
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Colestasis : - Dra. Eira Cerda Reyes; Dra. Adriana Martínez Cuazitl; Dr. José Luis Pérez Hernández; Dra. Kenia Michel Bastida Guadarrama,; Dra. María de Fátima Higuera de la Tijera; Dr. Juan Rafael Murillo Eliosa; Dr. Jorge Antonio Zamora Domínguez; Dr. Gustavo Acosta Altamirano; Dr. Miguel Ángel Fonseca Sánchez; Juan Carlos Fernández Hernández; Dra. Xanat Zacnite Maldonado Jiménez; Dr. Moisés Martínez Castillo; Dra. Gabriela Gutiérrez Reyes; Dra. Miriam Gabriela Reyes Zermeño; Dra. Viridiana López Ladrón de Guevara; Dr. Arturo Melgar Pliego; Dra. Deborah Ernestina Espinoza López; Dra. María Beatriz Jourdan Rodríguez; Dra. Ruth Rábago Escoto; Dra. Elizabeth Buganza Torio; Dra. Angélica Sthella Ríos del Río; Dr. Ariel Jasqui Bucay; Dr. Edgar Santino García Jiménez; Dr. José Antonio Velarde Chávez; Dra. Dolores Ramírez Ceja; Dra. Fátima Reynoso; Dr. Mario A. Sebastián Díaz; Dr. Irving Fuentes Calvo; Dra. Iris E. Martínez Juárez; Dr. Porfirio Visoso Palacios; Dr. Josué Gerardo Esparza Correa; Dra. Sarahí Anilu Jacinto Flores;
Innovaciones y reflexiones en la práctica docente desde la investigación - Robledo Carillo, Abel Adrián; Rodríguez Caballero, Abigail Eloisa; Domínguez Saldívar, Adriana; Ruiz Hernández, Adriana Heriberta; Herrera Domínguez, Alan Fernando; Serra Domínguez, Alfonso; Paredes Sánchez, Alma Rocío; Garibay Castillo, Ana Laura; Arjona Ayala, Areli Luzita; Cruz Urías, Beatriz Angelica; Ledezma Duran, Blanca Esthela; Martínez Delgado, Brenda Esperanza; De La Rosa Muniz, Carolina; Delgado Valles, Cesar; Gallegos Anaya, Claudia; Garibay Moreno, Claudia Selene; Alvarado Chavarría, Cristina Aracely; Inurrigarro Guillen, Cyomara; Castillo Vázquez, Daniel Fernando; Leyva Cordero, Daniel Martin; Rodríguez García, Elva Liliana; Ochoa Rojas, Esperanza Iris; Vázquez Morales, Estanislado; Ortíz Jaramillo, Everardo; Mendoza Jiménez, Gerardo de Jesús; Treviño Villarreal, Gerardo Jesús; Castillo Hernández, Guadalupe Minerva; Perales Solís, Irma Nelly; Altamirano Torres, Ismael de Jesús; Jiménez Damián, Jenny del Rosario; García Pérez, Jorge Luis; García Matías, José Miguel; Amaro Jaramillo, José Ricardo;

Reseña

Una idea que se repite mucho cuando se habla de asuntos jurídicos es que "mis derechos llegan hasta donde empiezan los de los demás'. El tema de este cuaderno de jurisprudencia trata, precisamente, de las decisiones de la Supre­ma Corte cuando un particular alega que otro vulneró sus derechos fundamen­tales. Esta cuestión es importante, pero debatida. Durante mucho tiempo la tesis dominante en la academia y en la adjudicación ha sido que el Estado es el único responsable de la tutela de los derechos humanos y, en consecuencia, el único responsable por su violación. Por eso, no hay lugar a reclamar esas infrac­ciones cuando quienes las cometen son sujetos privados porque, en primer lugar, no tienen la obligación de protegerlos. La manera natural de plantear esas controversias sería demandar al sujeto privado al que se acusa de la vio­lación, no la decisión judicial que niega la configuración de la infracción por parte del particular señalado.
Otra manera de plantear esta misma idea es que el amparo mexicano, la acción efectiva y rápida de protección derechos fundamentales, sólo se puede pre­sentar contra actos de autoridad, y dado que quien ejerce autoridad es el Estado, éste es el único sujeto demandable en un juicio constitucional de esta índole. Ahora bien, debido, entre otros, a la creciente importancia pública y social del discurso de los derechos humanos y a los desequilibrios de poder entre particulares, la doctrina del acto de autoridad como el objeto del juicio de amparo se ha modificado paulatinamente en los últimos 25 años.

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