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ISBN 978-607-552-405-4

El principio de relatividad de las sentencias en el juicio de amparo

Autores:
Tinajero Andrade, José Luis Antonio
Noriega Mier y Terán, Sofía
Maldonado Bernal, Odette Ivonne
Ávila Castillón, Patricio
Editorial:Suprema Corte de Justicia de la Nación
Materia:Investigación
Público objetivo:Profesional / académico
Publicado:2023-11-30
Número de edición:1
Número de páginas:238
Tamaño:21.5x28cm.
Precio:$240
Encuadernación:Tapa blanda o rústica
Soporte:Impreso
Idioma:Español

Reseña

El derecho de acceso a la justicia es fundamental para alcanzar la protección y satisfacción de otros derechos porque mediante él se construyen las herra­mientas y procesos institucionales para tal fin. Sin embargo, la sola existencia de vías o procesos judiciales no garantiza que todas las personas puedan ac­ceder a ellos o, incluso cuando acceden, lograr una resolución del conflicto en términos integrales.
En México, desde hace casi dos siglos, el juicio de amparo ha buscado funcionar como un verdadero mecanismo protector de los derechos de las personas. Sin embargo, este juicio también es producto de su tiempo, por lo que muchos de los principios y reglas que explícita o implícitamente lo regían atien­den a concepciones del derecho y de la sociedad que han sido superadas.
En estos términos, el juicio de amparo necesariamente ha debido adaptarse a nuevos tiempos y circunstancias. Gracias a la evolución del sistema consti­tucional mexicano, basado tanto en reformas constitucionales y legales como en sentencias relevantes de la Suprema Corte, sus principios se han reinter­pretado o reconfigurado para proteger derechos fundamentales en contex­tos, condiciones y alcances novedosos.
Este es el caso del principio de relatividad de las sentencias de amparo, que indica que éstas sólo tendrán efectos para la persona o personas que promo­vieron el juicio y en relación con los actos reclamados en él. En este cuaderno se sistematizan los casos en que la Suprema Corte ha delimitado los alcances de las sentencias, reconociendo que en ciertos casos o materias tiene sentido entender al principio en sus términos más clásicos, mientras que en otros es más consistente con nuestro orden constitucional una interpretación que permita armonizarlo con derechos de índole colectiva o difusa y lleve al Esta­do a cumplir, en la mayor medida posible, sus obligaciones de protección y garantía de todos los derechos.

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