Fundamentos constitucionales, legislativos y reglamentarios del municipio
Veracruz, cuna del municipalismo
El municipio como toda entidad que vive y se desarrolla en el tiempo y el espacio, va adquiriendo diversas edades y experiencias, desde la minoría, inicio o surgimiento hasta que llegue a la mayoría de edad.
En México, el municipio nació el viernes santo 22 de abril de 1519, en la Villa Rica de la Veracruz, así la organización de la ciudad española pasó al nuevo continente, rigiendo sucesivamente, las ordenanzas de Cortés, las ordenanzas sobre descubrimientos, población y pacificación de las Indias y las ordenanzas de Intendentes. Todo ello bajo el dominio español.
Durante el siglo XIX, con la formación del Estado Mexicano, el municipio vivió prácticamente una época de olvido y sometimiento.
Al empezar el siglo XX, con la expedición de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos de 1917, el municipio volvió a tener una importante presencia al ser declarado libre y administrado por un Ayuntamiento cuyos integrantes serán electos popularmente, eliminar cualquier autoridad intermedia entre el municipio y el Estado, administrando libremente su hacienda y dotándolo con personalidad jurídica, elementos que se fueron fortaleciendo con las múltiples reformas constitucionales que al efecto se realizaron.
Hoy en pleno siglo XXI, el municipio ha alcanzado su mayoría de edad y como tal, debe reconocérsele nuevas potestades que respondan a las necesidades y retos de la sociedad de la información, del internet, de la nueva ciencia y de los avances de la tecnología.
Dos atribuciones cuando menos debe reconocérsele y completarse: su atribución legislativa y si función judicial.
La primera, para legislar de acuerdo a sus necesidades y la segunda, para impartir la justicia de barandilla, pronta, gratuita y completa a la ciudadanía.
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