MéxicoMéxico
Detalle
ISBN 978-607-8792-09-2

Estados de alarma, Emergencia o excepción en el constitucionalismo contemporáneo
Experiencias y retos actuales

Autor:Trigeaut, Laurent
Cossío Díaz, José Ramón
Samaniego Santamaría, Luis Gerardo
Figueruelo Burrieza, Ángela
Martín Guardado, Sergio
Zuluaga Gil, Ricardo
Castro e Camargo, María Auxiliadora
Rodríguez Pedraza, Yunitzilim
Pavia Goyburu, Dante Martín
Imparato, Emma Annamaria
Fuchs, Marie-Christine
Hein, Jonas
Mac Gregor Poist, Eduardo Ferrer
Herrera García, Alfonso
Editorial:Universidad de Quintana Roo
Materia:Derecho constitucional y administrativo
Público objetivo:Enseñanza universitaria o superior
Publicado:2021-12-22
Número de edición:1
Número de páginas:225
Tamaño:10x15cm.
Precio:$100
Encuadernación:Tapa blanda o rústica
Soporte:Impreso
Idioma:Español

Reseña

El año 2020 quedará marcado en la memoria de la humanidad como un punto de inflexión en nuestra manera cotidiana de convivencia e interacción social. El nuevo coronavirus SARSCov-2, de cuyo primer brote declarado se tiene constancia en la ciudad china de Wuhan, pronto se extenderá a Europa y América, elevándose la incidencia de este sobre la salud y la vida de las personas a pandemia global por parte de la Organización Mundial de la Salud el día 11 de marzo. La celeridad en la propagación de la enfermedad y su gravedad, representada por el incremento temprano en el número de fallecimientos, hace necesaria la adopción de medidas extraordinarias por parte de los poderes públicos en todos los países frente al peligro que irá materializando la COVID-19.
Con carácter general, el Derecho de Excepción va a ser revivido en la práctica totalidad de países europeos y latinoamericanos. Ante una crisis sanitaria internacional, que pronto provocará colapsos en los centros sanitarios y hospitalarios por los efectos de una enfermedad que requiere ser combatida a través de la reducción del contacto físico y de la concentración social de personas y, se activarán los mecanismos constitucionales y legales previstos en el ordenamiento jurídico, enmarcados dentro de ese Derecho de Excepción. La aplicación de
este ha suscitado dudas sobre el cumplimiento del estricto respeto que, en diversos sentidos, debe guardar en relación con el marco constitucional que establece sus posibilidades y límites.
Es por ello por lo que aquellos que cultivan el Derecho Constitucional a uno y otro lado del Atlántico empiezan a preocuparse de estas cuestiones. Es cierto que la anomalía de la situación es genuina, igualmente no es menos cierto que la flexibilización de los límites que
las Constituciones marcan quedarán difuminados en relación con las posibilidades de limitar, restringir o suspender derechos fundamentales. Igualmente, en aquellos países cuyos modelos de organización territorial son de tipo descentralizado comienzan a plantearse problemas en relación con el ejercicio coordinado, en sentido vertical y horizontal, de
competencias por parte del Estado y de los entes territoriales autónomos, como es el caso de México o España, entre otros. Por otra parte, modelos de Estado descentralizado como el alemán han optado por adoptar medidas de protección frente a la pandemia por vía del
Derecho Ordinario frente al extraordinario de Excepción. En este sentido, conectamos con una cuestión de análisis compartido por parte de todos los juristas: la falta de adecuación de los regímenes constitucionales de excepción para hacer frente a crisis sanitaria que representa la COVID-19, asunto que ha justificado el empleo del Derecho Ordinario en Alemania frente a la pandemia.
Acudir a un régimen de excepción implica, con carácter general, la automática difuminación en la ordinaria distribución de poderes del Estado, en lo que se refiere a las naturales relaciones del ejecutivo y el legislador. Es por ello por lo que también se abordará la temática
de las garantías normativas y jurisdiccionales de control sobre las medidas restrictivas de derechos fundamentales, que se han venido adoptando en las distintas realidades nacionales.
Estrechamente ligado al ejercicio del poder, ya que el Legislador de Excepción queda representado por el Ejecutivo que, en tanto titular de la Administración, puede llevar las medidas a la actividad administrativa y sus actos resultantes, de tal forma que se escapen dichas medidas de los controles que constitucionalmente son habituales en situaciones de
anormalidad.
En suma, estamos ante un auténtico Tratado de Derecho Comparado en lo que se refiere a la concepción constitucional de los estados de alarma, calamidad, excepción, emergencia, sitio, etc. Sea cual sea la configuración constitucional del Derecho Constitucional de Excepción en
México, Colombia, Brasil, Perú, Italia, España, Alemania o Francia, los autores analizan: primero, esa adecuación o no del régimen de excepción para hacer frente a la pandemia, según su propia concepción en relación con la justificación o no de la adopción de medidas restrictivas; posteriormente, se centrarán en adentrarse en la afectación que, en concreto, ha sido experimentada por las libertades públicas y los derechos fundamentales en sus respectivas democracias; para, finalmente, expresar los retos teóricos y prácticos que se han
planteado de acuerdo con las distintas experiencias nacionales.
El lector podrá acudir así a la más contrastada doctrina del espacio iberoamericano prestando atención a los distintos marcos regulatorios nacionales, para saber cómo se configura el Derecho de Excepción dependiendo del país. A partir de ahí, podrán adentrarse en las
distintas experiencias y, a partir de la Teoría del Estado y de la Constitución, comenzar a construir soluciones frente a los retos actuales que se plantean y los que se plantearán. Aquí se sientan las bases de la concepción de los regímenes de excepción de acuerdo con las
distintas realidades políticas y sociales de los países que impregnan su Norma Supremo. Por ello, las cuestiones que aquí se tratan serán fácilmente extrapolables a distintas realidades nacionales.

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